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Los Contratos Mercantiles son acuerdos de voluntades que crean y transmiten derechos y obligaciones de naturaleza mercantil, los elementos del contrato son: el consentimiento, el objeto y lo formal. Pueden ser anulables si el consentimiento esta viciado, los vicios pueden ser: un error, dolo, violencia e incapacidad de alguna parte.
Su clasificación es la siguiente:
Unilateral.-Es el acuerdo de voluntades que engendra solo obligaciones para una parte y derechos para la otra, por ejemplo, contrato de mutuo, deposito, prenda y fianza.
Bilateral.- Es el acuerdo de voluntades que da nacimiento a derechos y obligaciones en ambas partes (recíprocamente). Por ejemplo compraventa, permuta, arrendamiento. Etcétera.
Oneroso.- Es el contrato que impone provechos y gravámenes recíprocos por ejemplo compraventa (entrega de la cosa a cambio del pago de un precio) y el provecho de recibir el precio y la carga de la entrega de la cosa.
Gratuito.- aquel en que los provechos son solo para una de las partes y los gravámenes para la otra por ejemplo la donación.
Conmutativo.- Los provechos y gravámenes son ciertos y conocidos desde la celebración del contrato. Esto es en la mayoría de los contratos.
Aleatorio.- cuando los derechos y gravámenes dependen de una condición o un termino de manera que no se pueda determinar la cuantía de las prestaciones en forma exacta sino hasta que se realice la condición a termino. Por ejemplo el contrato de renta vitalicia o la compra de esperanza.
Reales.- Aquellos que se realizan por la entrega de la cosa. Por ejemplo, la prenda es real por que se perfecciona con la entrega de la cosa.
Consensual.- En oposición a lo real por que no se necesita de la entrega de la cosa para que se perfeccione sino solamente el consenso (consentimiento). Por ejemplo la compraventa.
Formal.- aquel donde el consentimiento debe manifestarse por escrito como un requisito de validez.
Solemne.- es aquel en que la forma es un elemento esencial, por lo que si no se da de esa manera, el contrato no existe. Por ejemplo, la compraventa de inmuebles.
Principal. Es el que existe por si mismo, sin necesidad de otro contrato.Citaremos algunos ejemplos de los contratos mercantiles mas comunes.
Accesorio.- Es el que depende de la existencia de un principal. Lo accesorio sigue de la suerte de lo principal. Por ejemplo, el contrato de fianza. No puede existir por si mismo.
Instantáneo.- es el que se cumple en el mismo momento que se celebra, asi que el pago de las prestaciones se lleva a cabo en el mismo acto. Se trata de una operación de contado, al momento presente.
Tracto sucesivo.- Es aquel ene l que el cumplimiento de las prestaciones se obliga en un periodo determinado, en el cumplimiento de la obligación continuada, por ejemplo el arrendamiento, donde se tendrá el uso y disfrute de la cosa por un tiempo determinado y el pago periódico de una renta. Por ejemplo, contrato de gas, luz, agua, mantenimiento, televisión por cable etcétera.